Información sobre la desescalada del confinamiento para menores y carta de la Alcaldesa.

CONDICIONES EN LAS QUE DEBEN DESARROLLARSE LOS DESPLAZAMIENTOS POR PARTE DE LA POBLACION INFANTIL

  • Niños/as menores de 14 años, acompañados por un adulto responsable, de conformidad con artículo 7. 1 e), g) y h). En este sentido, debe tenerse en cuenta que el artículo 1.2 de la Orden dispone que se entenderá por niños y niñas las personas menores de 14 años.
  • En grupos formados de un adulto y hasta tres niños, como máximo.
  • Un paseo diario, de máximo una hora de duración. Durante el paseo deberá mantenerse una distancia interpersonal con terceros de al menos dos metros. Asimismo, deberá cumplirse con las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias.
  • El paseo será a una distancia no superior a un kilómetro con respecto al domicilio del menor.
  • Entre las 9:00 horas y las 21:00 horas.
  • Se podrá circular por cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales y zonas verdes autorizadas, siempre que se respete el límite máximo de un kilómetro con respecto al domicilio del menor, pero NO estará permitido el acceso a espacios recreativos infantiles al aire libre, así como a instalaciones deportivas.
  • Los desplazamientos a los que se refiere este artículo se entienden sin perjuicio de los permitidos para las personas menores de 14 años en el artículo 7.2 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. (Los menores de 14 años pueden acompañar a un adulto responsable de su cuidado cuando éste realice alguna o algunas de las actividades previstas en el apartado 1 del artículo 7).
Facebooktwitter

Comentarios cerrados.